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🏖️·4 min de lectura·Actualizado: Abril 2026

Vacaciones truncas en Perú: qué son y cómo se calculan

¿Qué son las vacaciones truncas en Perú? Aprende cómo se calculan, cuándo se pagan y qué pasa si no tomaste tus vacaciones al cesar.

Cuando un trabajador termina su relación laboral sin haber completado el año necesario para generar vacaciones completas, tiene derecho a recibir un pago proporcional por los meses trabajados. A esto se le llama vacaciones truncas.

¿Qué son las vacaciones truncas?

Las vacaciones truncas son la compensación económica por los días de vacaciones que el trabajador ha generado pero que no alcanzó a tomar ni a completar el período completo de un año de servicio.

En Perú, un trabajador genera derecho a 30 días de vacaciones por cada año completo de servicio (15 días en el Régimen MYPE). Si la relación laboral termina antes de cumplir ese año, corresponde pagar la parte proporcional de los meses trabajados.

¿Cuándo se generan vacaciones truncas?

Se generan en cualquier caso de cese antes de cumplir un año desde el último aniversario laboral: renuncia voluntaria, despido (arbitrario o por falta grave), vencimiento de contrato temporal, mutuo disenso.

Condición importante: solo se generan vacaciones truncas si el trabajador completó al menos un mes calendario de trabajo en el período. Menos de un mes completo no genera vacaciones truncas.

Fórmula para calcular las vacaciones truncas

Para Régimen General (30 días de vacaciones/año):

Vacaciones truncas = (Remuneración mensual ÷ 12) × meses completos trabajados en el período

Para Régimen MYPE — Microempresa (15 días de vacaciones/año):

Vacaciones truncas = (Remuneración mensual ÷ 24) × meses completos trabajados en el período

Ejemplo práctico

Trabajador con S/ 2,500 de sueldo mensual en Régimen General. Fecha de ingreso: 1 de enero de 2025. Fecha de cese: 30 de abril de 2026. Último aniversario laboral: 1 de enero de 2026. Meses trabajados desde el último aniversario: 4 meses (enero, febrero, marzo, abril de 2026).

Vacaciones truncas = (S/ 2,500 ÷ 12) × 4 = S/ 208.33 × 4 = S/ 833.33

¿Se pagan las vacaciones no gozadas por otros motivos?

Distinto de las vacaciones truncas, si el trabajador completó un año de servicio pero no tomó sus vacaciones porque el empleador no se las dio, tiene derecho a:

  • El pago de las vacaciones no gozadas (remuneración vacacional).
  • El pago de una indemnización adicional equivalente a otra remuneración.

Es decir, se paga doble por vacaciones no otorgadas oportunamente.

¿Cuándo debe pagar el empleador las vacaciones truncas?

Las vacaciones truncas forman parte de la liquidación de beneficios sociales y deben pagarse dentro de las 48 horas siguientes al cese del trabajador.

¿Listo para hacer el cálculo?

Calcula tu liquidación completa incluyendo vacaciones truncas.

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