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📊·6 min de lectura·Actualizado: Abril 2026

Impuesto a la Renta para personas naturales en Perú 2026

Guía completa del Impuesto a la Renta para personas naturales en Perú 2026: rentas de primera, segunda, cuarta y quinta categoría, tasas y deducciones.

El Impuesto a la Renta es el tributo que grava los ingresos de las personas en Perú. A diferencia del IGV que se paga en cada compra, el Impuesto a la Renta se calcula sobre lo que ganas durante el año. Esta guía explica todas las categorías que aplican a personas naturales.

Las cuatro categorías de renta de personas naturales

Primera categoría — Arrendamiento de bienes

Si alquilas un departamento, casa, local u otro bien inmueble, generas renta de primera categoría. La tasa es el 5% sobre el alquiler pactado (o el alquiler mínimo presunto según SUNAT si el pactado es menor).

Cómo se paga: mensualmente, el propietario declara y paga el 6.25% sobre la renta neta (equivalente al 5% del alquiler bruto) usando el Formulario Virtual 1683.

Segunda categoría — Ganancias de capital e intereses

Aplica a: intereses de préstamos entre personas, regalías, dividendos de empresas, ganancias por venta de inmuebles (si no es la casa habitación), ganancias en bolsa de valores.

Tasa general: 6.25% sobre la renta neta (equivalente al 5% del ingreso bruto en la mayoría de casos). Dividendos: 5%.

Cuarta categoría — Trabajo independiente

Para trabajadores que emiten recibos por honorarios. Tasa: 8% de retención mensual (si aplica), más la declaración anual usando las escalas progresivas si superas 7 UIT anuales (S/ 37,450).

Escala anual de renta de cuarta categoría:

  • Hasta 5 UIT de renta neta: 8%
  • De 5 a 20 UIT: 14%
  • De 20 a 35 UIT: 17%
  • De 35 a 45 UIT: 20%
  • Más de 45 UIT: 30%

Quinta categoría — Trabajo dependiente (planilla)

Para trabajadores en planilla. El empleador retiene mensualmente según la escala anual proyectada. La escala es la misma que la de cuarta categoría aplicada sobre la remuneración anual proyectada menos 7 UIT de deducción estándar.

¿Qué puedes deducir en tu declaración anual?

Desde 2017, las personas naturales pueden deducir gastos adicionales a las 7 UIT estándar. Hasta 3 UIT adicionales por:

  • Arrendamiento de inmuebles (15% del alquiler)
  • Intereses de crédito hipotecario para primera vivienda (100% del interés)
  • Honorarios de médicos y odontólogos (30% del gasto)
  • Aportaciones a EsSalud de trabajadores del hogar
  • Gastos en hoteles y restaurantes que emitan facturas electrónicas (25% del gasto)

¿Cuándo debes presentar la Declaración Jurada Anual?

En abril del año siguiente al ejercicio. Si tus ingresos combinados de cuarta y quinta categoría superaron 7 UIT en el año, SUNAT puede generar una declaración pre-llenada que solo necesitas verificar y enviar.

¿Listo para hacer el cálculo?

Calcula tu retención de Renta 5ta mensual.

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